Peru

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
Período extraordinario de sesiones

5 a 23 de agosto de 2002

Proyecto de informe
Relatora:
Sra. Rosalyn Hazelle
Examen de los informes de los Estados parte

Perú

Quinto informe periódico


1. El Comité examino el quinto informe periódico del Perú (CEDAW/C/PER/5) en sus sesiones 583 y 584, celebradas el 15 de agosto de 2002.

(a) Introduction by State party

2. Al presentar su quinto informe peridico, la representante de Perú, destaco en primer lugar como cambios significativos durante el periodo cubierto por los informes, el gran numero de normas, políticas y mecanismos sobre la discriminación contra la mujer que se habían adoptado en el país, así como el especial interés prestado a la participación política de la mujer con el establecimiento de cupos del 30% para la incorporación de un numero mínimo de mujeres o varones en las listas de candidatos/as al Congreso de la Republica.

3. En lo que a la legislación respecta, la representante de Perú, destaco la Ratificación del Protocolo Facultativo de la CEDAW el 9 de Abril del 2001 junto con la de otros instrumentos internacionales de salvaguardia de los derechos humanos, así como la legislación sobre derechos civiles de los y las Adolescentes adoptada en 1999 que corrigió la diferencia legal discriminatoria para contraer matrimonio, la Ley de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes rurales promulgada en el 2001 que tiene el objetivo de eliminar cualquier forma de discriminación en el ámbito educativo, prestando especial atención a las zonas rurales, la Ley que otorga un seguro de salud obligatorio a las mujeres de las organizaciones sociales de base, una Directiva Policial contra el Acoso Sexual que crea un procedimiento para la sanción administrativa de estos casos cuando se susciten. en la Policía Nacional y la Ley sobre política educativa en materia de derechos humanos que crea un Plan Nacional para su difusión y enseñanza.

4. Adicionalmente, la representante de Perú menciono en el ámbito de la legislación civil la aprobación de la Ley que crea nuevas causales de divorcio y la Ley que retira la posibilidad de conciliación extrajudicial en casos de violencia familiar, encontrándose en debate la Ley de Igualdad de Oportunidades, la Ley que sanciona penalmente el acoso sexual y la Ley que retira la posibilidad de conciliar en materia de violencia familiar.

5. En el área de los mecanismos creados, la representante de Perú subrayo la importancia de la creación del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social que tiene como mandato la promoción de la equidad de genero y la igualdad de oportunidades, principalmente para mujeres, personas adultas, mayores, niñas, niños, adolescentes y otros grupos sociales discriminados o excluidos, así como la cre ación de la Defensora Adjunta de los derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo elevando su estatus respecto a su configuración anterior. En este contexto, la representante añadió igualmente la creación de una instancia para la no -discriminación de la Mujer Policía y la Comisión del a Mujer del Congreso de la Republica, además de diferentes instancias intersectoriales e interinstitucionales que llevan a cabo un trabajo de coordinación y concertación para el avance de los derechos de las mujeres.

6. En el ámbito de las políticas promulgadas recientemente, la representante de Perú resalto la firma en Julio del 2002, por parte delas diferentes fuerzas políticas del país, del Acuerdo de Gobernabilidad que contiene 29 políticas de Estado concertadas para los próximos 20 años, dentro de las cuales, la décimo primera, impulsada por el Ministerio de la Mujer, recoge expresamente la promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación. Asimismo, la representante señaló la aprobación de numerosos Planes, entre ellos, el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2002-2007, el Plan Nacional de Acción por la Infancia, que fue constituido como documento marco de las acciones, programas y estrategias que deberán asumir y ejecutar los diferentes sectores e instituciones del Estado y la sociedad civil para lograr el cumplimiento de los derechos humanos de los niños, las niñas y adolescentes peruanos y el Plan Nacional para la Personas Adultas Mayores, 2002-2006 que contiene medidas especiales para las mujeres adultas mayores y tiene en cuenta sus condiciones y necesidades de genero en el marco de una propuesta de envejecimiento saludable.

7. Posteriormente, la representante de Perú, informo al Comité de la promulgación en Febrero del año 2000 del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades 2000-2005 en respuesta a los compromisos internacionales suscritos por el Estado peruano, cuya coordinación, seguimiento y evaluación se encuentran bajo la responsabilidad del Ministerio de la Mujer. La representante de Perú añadió el compromiso interministerial para el Avance de la Mujer firmado por los titulares de los diversos Ministerios, coincidiendo con el Día Internacional de la Mujer, 8 de Marzo, para contribuir al logro de la igualdad de oportunidades para la mujer.

8. Posteriormente, la representante de Perú, enumero una serie de programas llevados a cabo, entre ellos, el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, el Programa Nacional Wasa Wasi que presta atención y cuidado integral diurno a niños y niñas menores de 3 años cuyas madres trabajan, el programa PRO JOVEN , del Ministerio de Trabajo y Promoción Social que inicio sus actividades en 1996 y capacita en oficios técnicos a jóvenes varones y mujeres, con mayor énfasis en jóvenes discapacitadas o mujeres con responsabilidades familiares, el PROFECE, programa femenino de consolidación del empleo, el programa BONOPYME focalizado en empresas con menos de 20 trabajadores, donde la mayoría de las pequeñas y microempresas son dirigidas por mujeres, y por ultimo, el programa de Alfabetización, que ha sido transferido al Misterio de Educación en Febrero del 2002 y que cuenta para el presente año con un total de 44.200 mujeres beneficiarias.

9. Para finalizar, la representante de Perú, enunció diferentes estudios y diagnósticos llevados a cabo con la finalidad de tener un conocimiento pleno de las diferentes problemáticas que afectan a las mujeres peruanas y sobre esta base, emprender el diseño y elaboración de políticas, entre los que destaco, un Diagnostico sobre la situación mujer de la mujer rural, y estudios sobre estereotipos de genero y de genero por raza.

(b) Observaciones finales del Comité

Introducción

(b) El Comité expresa su agradecimiento al Estado parte por la presentación del quinto informe periódico, que sigue las directrices formuladas por el Comité en la elaboración de los informes, así como por la franca y abierta presentación oral realizada por el Estado parte. El Comité encomia asimismo la amplitud de las respuestas a las preguntas que por escrito planteó el Comité al Estado parte, que proporcionaron información adicional sobre el estado de la implementación de la Convención en el país.

(c) El Comité encomia al Estado parte por enviar a la delegación encabezada por la Asesora para Asuntos de Género y Derechos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.

Aspectos positivos

(d) El Comité encomia al Estado parte por la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la mujer, el 9 de abril de 2001, y la realización de campañas de divulgación sobre su conten ido.

(e) El Comité elogia al Estado parte por los esfuerzos realizados en la implementación de la Convención a través del proceso de formulación y adopción leyes, políticas, programas, y planes para el adelanto de la mujer, entre ellos la Ley de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales, promulgada en el año 2001, el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002-2006, que contiene medidas especiales para las mujeres adultas, el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2002-2007, y el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, creado en Abril del 2001.

(f) El Comité da la bienvenida al fortalecimiento de los mecanismos nacionales, en particular la creación del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, así como la elevación del rango de la Defensoría Adjunta de los Derechos de la Mujer.

(g) El Comité encomia al Estado parte por el establecimiento de las normas que contemplan una cuota mínima de 30% de mujeres en la lista de candidatos(as) al Congreso de la República, lo que derivo en un incremento de la participación de la mujer en la toma de decisiones a nivel municipal y en su represent ación en el Congreso.

(h) El Comité acoge con satis facción la inclusión de la promoción de la igualdad de oportun idades sin discriminación en el Acuerdo de Gobernabilidad, que contiene 29 políticas de Estado concertadas para los próximos 20 años.

Principales esferas de preocupación y recomendaciones

(i) Si bien el Comité acoge con agrado la creación del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social como ente responsible de supervisar el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de derechos de las mujeres, preocupa al Comité el hecho de que el Ministerio no tenga ni el papel que le corresponde como organismo rector y normativo en la formulación y desarrollo de políticas y programas que promuevan la igualdad, ni presupuesto suficiente. Preocupa asimismo que dicho mecanismo no cuente con un mandato explícito que le permita gara ntizar y exigir a los diferentes sectores de gobierno la promoción de planes y programas orient ados a la igualdad de género.

(j) El Comité alienta al Estado parte a continuar fortaleciendo el papel del Ministerio de la Mujer y Des arrollo Social como organismo rector y normativo, dotado de presupuesto suficiente, así como a asignarle los recursos financieros necesarios para la formulación y desarrollo de políticas y programas dirigidos a la igualdad de género. El Comité recomienda asimismo al Estado parte que asigne al Ministerio mayor autori - dad en el marco de las instituciones del Estado para velar por la incorporación efectiva de la perspectiva de género en todos los sectores de gobierno y por la promoción de la igualdad de género.

(k) Preocupa al Comité que, aunque en el informe se señala que el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres 2000-2005 continúa vigente, éste carezca de una visión estratégica orientada a lograr cambios fundamentales en la condición y posición de la mujer, y que tampoco se haya propuesto al Estado polít icas dirigidas a la promoción de igualdad y la incorporación de la perspectiva de genero en los dive rsos sectores de gobierno.

(l) El Comité recomienda que se continúe el proceso de revisión y consultas para la elaboración de un nuevo plan, incluyendo a la sociedad civil y en particular a las organizaciones de mujeres, a los efectos de su pronta aprobación, prevista para el año 2002.

(m) Si bien existe una nueva estrategia de lucha contra la pobreza 2001-2006, preocupa al Comité la inexistencia de programas de erradicación de la pobreza dirigidos específicamente a la población femenina.

(n) El Comité recomienda al Estado parte que en las estrategias y programas de erradicación de la pobreza se te nga en cuenta una perspectiva de genero y cuando proceda, se introduzcan medidas especiales de carácter temporal de conformidad con lo establecido en el articulo 4.1 de la Convención para erradicar la pobreza entre las mujeres, en particular, las mujeres rurales.

(o) Preocupa al Comité que, si bien existe una ley de prevención, protección y atención a la violencia intrafamiliar, y otra que establece la acción penal pública en los delitos contra la libe rtad sexual, así como un Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, los índices de violencia contra la mujer continúen siendo muy graves. Preocupa al Comité que no exista un registro centralizado sobre los delitos sexuales, que no se haya prestado toda la atención necesaria a la violencia sexual y que el incesto no se haya penalizado de forma particular. Asimismo, preocupa al Comité la inexistencia de legislación específica para combatir el acoso s exual.

(p) El Comité pide al Estado parte que tenga en cuenta la recomendación general 19, sobre la violencia contra la mujer, que garantice la implementación sistemática del Programa de Acción Nacional y de todas las leyes y medidas relacionadas con la violencia contra la mujer y que supervise su impacto. Asimismo, el Comité insta al Estado parte a que garantice que dicha violencia sea perseguida y sancionada con la debida celeridad y severidad, que asegure que las mujeres víctimas de dicha violencia reciban reparación y protección inmediata, y que la posibilidad de conciliación prevista en la ley de violencia familiar no se utilice para exculpar a los perpetradores. El Comité recomienda al Estado parte llevar a cabo campañas de sensibilización, incluyendo campañas de tol erancia cero, con el objetivo de hacer que la violencia contra la mujer sea social y moralmente inaceptable. El Comité recomienda al Estado parte reforzar las medidas para garanti - zar la sensibilización de los funcionarios públicos sobre todo tipo de violencia contra la mujer, en particular el poder judicial, los trabajadores del sector de la salud, el personal policial y los trabajadores sociales. El Comité recomienda también que el Estado parte recopile información sistemática de los datos sobre todo ti - po de violencia contra la mujer. El Comité pide al Estado parte que tipifique el incesto como delito específi - co dentro del Código Penal y que promulgue legislación específica para combatir el ac oso sexual.

(q) El Comité observa con preocupación que persiste la discriminación por motivos de género en el mercado de trabajo, incluyendo un limitado acceso de las mujeres al empleo, la baja calidad del mismo y su acceso reducido a los recursos y a las nuevas tecnologías. Asimismo, le preocupa al Comité la discriminación salarial y la segregación vertical y horizontal. Preocupa al Comité las condiciones precarias de las trabajadoras en el sector informal o a tiempo parcial, sin protección laboral, sin acceso a la seguridad social y sin el debido respeto a sus derechos laborales. También preocupa al Comité que la legislación para prevenir la discriminación laboral parece basarse tan solo en sanciones penales y no existen recursos civ iles adecuados.

(r) El Comité recomienda que se tomen las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones del artículo 11 de la C nvención y la aplicación de las Convenciones de la Organización Internacional del Trabajo, en particular sobre la no discriminación en el empleo y la igualdad de remuneración entre mujeres y hombres. El Comité recomienda que se tomen medidas para eliminar la segregación ocupacional a través de, inter alia, la educación, la formación y la capacitación.

(s) Preocupa al Comité que si bien se observan avances en la composición del Congreso y en el gobierno ocal como resultado de la normativa aprobada, aún parezca insuficiente la particip ación de mujeres en el Congreso, en el ámbito judicial y en los niveles superiores de la dirección política y administrativa de p aís.

(t) El Comité recomienda que se adopten estrategias dirigidas a lograr un aumento del número de mujeres que intervienen en la adopción de decisiones a todos los niveles, incluyendo a través de la adopción de medi - das especiales de carácter temporal, de conformidad con el artículo 4.1 de la Convención, y que se refuercen las actividades encaminadas a promover a mujeres a cargos de dirección tanto en el sector público como en el privado, con programas de capacitación especiales y campañas de sensibilización sobre la importancia de la participación de la mujer en la planificación del desarrollo y la toma de decisiones.

(u) Preocupa al Comité la situación de la salud de la mujer, y en particular su salud reproduct iva. En especial el Comité se muestra preocupado por la desaparición del Programa Mujer, Salud y Desarrollo. El Comité observa con preocupación la alta tasa de mortalidad derivada de la maternidad, en especial la mortalidad derivada de abortos clandestinos, incluyendo los adolescentes, y la normatividad que puede impedir a las mujeres obtener tratamiento medico en caso de aborto. Preocupa asimismo al Comité la insuficiente educación sexual y la limitada difusión, accesibilidad y oferta de todos los métodos anticonceptivos, especialmente entre las mujeres indígenas, los sectores más vulnerables de la población y los adolescentes. El Comité observa con preocupación que las tasas de contagio del VIH/SIDA entre las mujeres se están incrementando, en part icular entre las mujeres jóvenes.

(v) El Comité exhorta al Estado parte a que considere la posibilidad de reanudar el Programa Mujer, Salud y Desarrollo. El Comité recomienda que el Estado parte examine la situación de la población adolescente con prioridad. También le exhorta a que adopte medidas para fortalecer el programa de planificación familiar y que garantice el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva, prestando atención a las ne cesidades de información de la población, en particular de los adolescentes, incluso mediante la aplicación de programas y políticas orientados a incrementar los conocimientos sobre los diferentes medios anticoncepti - vos y su disponibilidad, en el entendido que la planificación de la familia es responsabilidad de ambos integrantes de la pareja. Además, insta al Estado parte a que se fomente la educación sexual de toda la pobl ación, incluyendo los adolescentes, prestando especial atención a la prevención de la lucha contra el VIH/SIDA entre mujeres y niñas, y que se fortalezca la difusión de información en cuanto a los riesgos y sus vías de transmisión.

(w) El Comité observa con preocupación que en el período abarcado por el informe se han descrito numerosos casos de esterilización efectuada a mujeres sin su previo consentimiento info rmado, utilizando violencia psicológica o la promesa de incentivos económicos, lo que afe cta el derecho de la mujer a decidir el número y espaciamiento de los hijos. Preocupa también al Comité que, pese a que la Defensoría Adjunta de los Derechos de la Mujer y otros organismos han denunciado estos casos, los causantes no hayan sido sancionados.

(x) El Comité recomienda que se tomen todas las medidas necesarias para continuar garantizando la esterilización quirúrgica como derecho de libre elección de la mujer a su salud reproductiva, después de que haya sido debidamente informada de las características médicas y consecuencias de la operación y haya expresado su consentimiento. El Comité recomienda también evitar en el futuro la repetición de estos acontecimientos. De igual forma recomienda que se continúen los esfuerzos para procesar ante los tribunales a los responsables de esta violación del derecho a la s alud.

(y) Preocupa al Comité la escasa información disponible sobre la trata de mujeres y niñas, y la explotación de la prostitución de la mujer.

(z) El Comité solicita al Estado parte que incluya en su próximo informe información y datos sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir la trata de mujeres y niñas y la explotación de la prostitución, así como las medidas tomadas para proteger, y en su caso rehabilitar y reinsertar, a las mujeres y niñas víctimas de estos abusos. El Comité insta al Estado parte a que aplique las leyes que prohíben la explotación de la prostitucion de mujeres.

(aa) El Comité observa con preocupación que la edad mínima legal de 16 años establecida para contraer matrimonio, e incluso excepcionalmente de 14 años, es muy baja y acarrea serios riesgos para la salud de las niñas y les impide completar su educación.

(bb) El Comité insta al Estado parte a tomar medidas para el aumento de la edad mínima de las niñas para contraer matrimonio en consonancia con el articulo 1 de la Convención sobre los derechos del niño que entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad y lo dispuesto en el articulo 16.2 de la Conve nción sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. El Comité insta al Estado parte a realizar campañas de sensibilización sobre las implicaciones negativas de los matrimonios tempranos para la salud y educación de las niñas.

(cc) Pese a la disminución de la tasa general de analfabetismo de las mujeres, el Comité expresa su preocupación por la elevada tasa de analfabetismo en la población femenina, sobre todo, en zonas rurales. Preocupan también al Comité los altos niveles de deserción escolar de niñas y adolescentes en zonas rurales.

(dd) El Comité pide al Estado parte que ponga en práctica programas especialmente diseñados para reducir el analfabetismo femenino, en particular entre las mujeres y niñas de zonas rurales y para mantener a las niñas en las escuelas.

(ee) Preocupa al Comité la persistencia de estereotipos tradicionales relacionados con los roles y responsabilidades de la mujer y e l hombre en la familia y en la sociedad en gen eral.

(ff) El Comité pide al Estado parte que diseñe e implemente programas globales en el ámbito educativo y que inste a los medios de comunicación a que promuevan cambios culturales en la publicidad y la programación de entretenimientos con relación a los roles y res ponsabilidades que desempeñan mujeres y hombres, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Convención. Asimismo, el Comité recomienda que se desarrollen políticas y se implementen programas que garanticen la eliminación de los estereotipos asociados a roles tradicionales en la familia, el empleo, la política y la s ociedad.

(gg) Si bien el Comité reconoce que el Estado parte está desarrollando acciones en la Amazonia, a través del Instituto Nacional de Bienestar Familiar, dirigidas a niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo o de abandono, preocupa al Comité que no existen otros programas dirigidos específicamente a las mujeres indígenas.

(hh) El Comité recomienda al Estado parte que fortalezca la programación vigente e implemente programas específicos dirigidos a las mujeres indígenas, a los efectos de transformar su situación económica, social y familiar y potenciar su papel económico, así como para el cumplimiento de sus derechos en un plano de igualdad con los hombres.

(ii) Preocupa al Comité la falta de datos en los informes sobre emigración de mujeres y niñas, así como que dicha emigración pueda hacerlas especialmente vulnerables a situaciones de explotación.

(jj) El Comité pide al Gobierno que en su próximo informe incluya datos sobre la emigración de mujeres y niñas, y todas las medidas que adopte el Estado parte para su protección.

(kk) Al Comité le preocupa que en el informe no contenga información suficiente sobre la situación de las minorí - as, en particular, las mujeres de descendencia africana.

(ll) El Comité pide al Estado parte que facilite información en su próximo informe periódico sobre la si -tuación de las mujeres pertenecientes a minorías, y en particular, la situación de la mujer de descendencia africana, especialmente en relación con su estado de salud, educación y empleo.

(mm) El Comité pide al Estado parte que en su próximo informe periódico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Convención, responda a los temas concretos plante ados en estas observaciones finales.

(nn) El Comité insta al Estado parte a que deposite, lo antes posible, el instrumento de aceptación de la enmienda del párrafo 1 del articulo 20 de la Convención, relativo al periodo de reunión del Comité.

(oo) Tomando en consideración las dimensiones de género de las declaraciones, los programas y las plataformas de acción adoptados en las Conferencias Mundiales de las Naciones Unidas, Cumbres y Períodos Extraordinarios de Sesiones (tales como el vigésimo primer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, sobre la implementación del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Pobl ación y el Desarrollo; la Conferencia Mundial contra el Racis mo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas conexas de Intolerancia; la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento; y el vigésimo séptimo período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, sobre los niños), el Estado parte debería incluir información desde el punto de vista de los temas tratados en dichas reuniones sobre la implementación de aquellos aspectos de estos documentos que se refieren a artículos significativos de la Con vención.

(pp) El Comité pide que en el Estado parte se difundan ampliamente estas observaciones finales a fin de dar a conocer a la población del Perú, en particular a los funcionarios públicos y a los políticos, las medidas que se han adoptado para garantizar de jure y de facto la igualdad de las mujeres y las demás medidas que sean necesarias a tal fin. También pide al Estado parte que siga difundiendo ampliamente, en particular entre las organizaciones de mujeres y de derechos humanos, la Convención y su Protocolo Facultativo, las recomendaciones generales del Comité, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del vigési - mo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, titulado "La mujer en al año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el s iglo XXI".

 

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