¿Qué es el Protocolo

Texto del Protocolo

Signatarios y Estados Parte

Convertirse en Estado Parte

La Administración

El Comité de la CEDAW

Grupos de Trabajo

Relatores

La Secretaría

Reglas de Procedimiento

 

Procedimiento para Comunicaciones
El Procedimiento de Investigación
La Aplicación
Recursos Bajo el Protocolo
Jurisprudencia Relevante
“¡Nuestros Derechos No Son Opcionales!”
Preguntas Frecuentes


 

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Relatores

La Regla 62 de las Reglas de Procedimiento también autoriza al Comité de la CEDAW a nombrar a uno o más de sus miembras/os como relatores. Al hacer esto, el Comité de la CEDAW decidirá sobre el mandato y las responsabilidades de cada relatora. A las relatoras se les pueden asignar tareas como la de hacer recomendaciones al Comité en lo referente a las comunicaciones recibidas, a las investigaciones iniciadas y a las cuestiones generales pertinentes a la administración del Protocolo. A las o los relatores también se les puede asignar ayudar con el trabajo relacionado con el Protocolo de la manera que el Comité decida.

 

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Esta página se actualizó por última vez el 24 de julio del 2006

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